El derecho a la salud, bajo amenaza sistemática: Corte Constitucional

En un foro, la corporación discutirá los desafíos y los límites de la negociación con la guerrilla.
Foto: El Tiempo
Domingo 12 de Mayo del 2013

 


La Corte Constitucional fijará sus criterios sobre el proceso de paz que se adelanta. El presidente de la alta corporación, Jorge Iván Palacio, revela que ante el “momento histórico que vive el país es pertinente que la jurisdicción y la sociedad reflexionen desde una perspectiva constitucional sobre los desafíos y límites” del proceso.

El magistrado Palacio, que ejerce la presidencia de la Corte desde febrero de este año, formula en este, su primer reportaje como máximo dignatario del más alto tribunal constitucional de la Nación, severas críticas al funcionamiento actual de los servicios de salud en el país.

Alude al fallo de la Corte sobre libertad de prensa y asegura que “quedó fortalecida”, pero reconoce que las siete limitaciones que estableció la ley, que imponen reserva, se mantienen.

Aunque usted se declaró impedido para participar en la discusión y votación sobre el fallo de pensiones, ¿qué opinión le merece la decisión tomada?

Absoluto respeto y acatamiento, toda vez que es una decisión que al haber hecho tránsito a cosa juzgada constitucional es definitiva e incontrovertible.

¿La elección como miembro de la Corte del magistrado Alberto Rojas, a quien se le han formulado varias acusaciones, podría afectar el prestigio del tribunal?

La Corte Constitucional actúa como cuerpo colegiado. Su prestigio o legitimidad depende de las decisiones que adopte, de la capacidad para proteger adecuada y oportunamente los derechos fundamentales y, en general, de la manera como cumpla su papel de garante supremo de la Constitución.

Un tema actual, de mucha controversia, tiene que ver con la salud. ¿El actual modelo de aseguramiento garantiza el derecho de todo ciudadano a la salud?

La salud es un derecho fundamental de toda persona. La Corte ha evidenciado una sistemática amenaza y violación de ese derecho, generada por la existencia de fallas estructurales en el sistema actual, lo cual motivó la expedición de la sentencia T-760 del 2008, que profirió órdenes generales. Pese a las regulaciones que se han expedido, se continúan lesionando los derechos de los afiliados y pacientes.

¿Lesionando en qué sentido? ¿Tiene ejemplos?

El sistema está colapsado. Existe mala atención, hay los denominados ‘paseos de la muerte’, demora en la prestación de los servicios de salud, ineficiencia administrativa y corrupción. Lo importante no es el tipo de modelo que se adopte, sino que se evite la ocurrencia de los problemas que le anoto.

Pero, le insisto: ¿el sistema actual es una garantía de la prestación del servicio?

Ese modelo puede diseñarse de otra manera. La Corte hizo explícitas ciertas prácticas lesivas del derecho a la salud que realizan algunas EPS y que se generan también por la ausencia de una regulación clara en el sistema.

¿Por qué el ciudadano tiene que tutelar para obtener servicios de salud?

Por la recurrente violación del derecho efectivo a la salud. Es el único mecanismo para poder canalizar insatisfacción ante la angustia que genera una enfermedad y saber que existe posibilidad de mejoría, pero es negada.

¿Qué se puede hacer con el represamiento de tutelas sobre salud? ¿Es partidario de reglamentar su uso?

Ninguna reforma o reglamentación debe hacerse para restringir el acceso y alcance al mecanismo constitucional de la acción de tutela. Ante una falla estructural del sistema de salud, la solución debe orientarse a su corrección y no a disminuir ni coartar el uso del instrumento constitucional que sirve de garantía al derecho. Lo que es urgente es que el legislador establezca medidas que prevengan la violación del derecho, para que ninguna persona tenga que interponer una tutela.

¿Entonces, la preocupación de la Corte persiste?

A pesar del esfuerzo del Gobierno y el Congreso, persiste nuestra preocupación de que a la fecha no se haya corregido la totalidad de las fallas de regulación que presenta el sistema. Si bien se han unificado el Plan Obligatorio de Salud y actualizado sus contenidos, persisten las reclamaciones por la no prestación efectiva del derecho a la salud y la no claridad de lo que comprende el plan de beneficios.

La consulta previa a los indígenas para obras se está convirtiendo en un gran obstáculo para su realización. ¿Es partidario de mantener esa consulta?

La consulta previa es un derecho fundamental de los pueblos indígenas. Su garantía es indispensable para la supervivencia de grupos culturales.

¿Pero hasta dónde se debe mantener la consulta?

Debe ser consultada toda medida, política, plan o proyecto de ley que pueda afectar directamente a cualquier comunidad étnica. La no obtención del consentimiento indígena podría suspender aquellas iniciativas que amenacen seriamente con extinguir física o culturalmente a una comunidad.

¿Incluyendo, por ejemplo, el traslado del grupo fuera de sus tierras tradicionales?

Sí, señor. E incluya el vertimiento de desechos tóxicos en tierras indígenas y la instalación de actividades de extracción de recursos naturales dentro del territorio indígena, cuando tuviesen impactos sociales, culturales y ambientales significativos.

Algunos sectores señalan que esa obligación detiene el desarrollo…

No estoy de acuerdo. La consulta previa no debe percibirse como una carga o un obstáculo para el desarrollo del país. Todo lo contrario, la garantía de este mecanismo reivindica a nuestra Nación como un Estado pluriétnico, beneficiando a la sociedad en su conjunto, y en garantía de los derechos de las minorías.

En este momento hay un debate nacional sobre el proceso de paz. ¿Su opinión?

Nos encontramos organizando el IX Conversatorio de la Jurisdicción Constitucional, que se llevará a cabo en Medellín, 18, 19 y 20 de septiembre. Teniendo en cuenta el momento histórico que vive el país, considero pertinente que la jurisdicción y la sociedad misma reflexionen, desde una perspectiva constitucional, sobre las oportunidades, desafíos y límites a los procesos de transición y búsqueda de la paz. Por ello, este evento académico ha sido denominado ‘Diálogo constitucional para la paz’. Los criterios académicos, jurídicos y constitucionales que tengan la Corte y cada uno de sus magistrados sobre el proceso serán fijados y analizados en ese encuentro.

Incluido, supongo, los derechos de las víctimas del conflicto...

Por supuesto. Desde mi posesión como magistrado y ahora en calidad de presidente de la Corte Constitucional, me he preocupado especialmente por velar por la moralidad pública, y temas como los derechos de las víctimas del conflicto armado, las comunidades étnicas y minorías sexuales, así como la protección del medio ambiente, la defensa de las libertades sindicales y los derechos sociales.

¿Cómo impacta el fenómeno del desplazamiento forzado a los grupos indígenas?

La Corte constató una emergencia grave e invisible sobre los pueblos indígenas a causa del conflicto armado. Este amenaza con el exterminio cultural y físico de varios grupos indígenas. Las violaciones de derechos humanos en el marco del conflicto tienen repercusiones colectivas muy fuertes en esas comunidades, porque causan desequilibrios y traumas culturales, rupturas étnicas. Por ello, se decidió tomar medidas urgentes, inicialmente en relación con 34 pueblos con riesgo de desaparición alto.

La Corte acaba de declarar exequible la ley estatutaria que regula el acceso a la información . ¿Qué implicaciones tendrá esa ley para los medios de comunicación?

Es un instrumento muy valioso para asegurar que las personas y los medios de comunicación puedan ejercer a plenitud su derecho de acceso a la información.

La Corte declaró inconstitucionales artículos que la limitan….

Sí. Como la Corte declaró inexequibles algunas normas que limitaban sin justificación ese derecho, el proyecto queda fortalecido y se convierte en una herramienta para contar con mejores elementos de juicio al momento de ejercer veeduría sobre las actuaciones de los servidores públicos. Obviamente, ello redundará también en beneficio de la libertad de expresión, de información y de opinión, porque conforme a la Constitución, solo de manera excepcional se puede restringir la entrega de documentos públicos. La Corte es consciente de que hay asuntos que deben permanecer en reserva y que tienen que ver con la defensa, la seguridad del país, las relaciones internacionales, derechos de infancia, salud pública y macroeconomía. Sobre este punto, la mayoría estuvo muy dividida en la Corte. Pero finalmente se mantuvieron las limitaciones de ley.

¿Qué función considera que cumple la libertad de prensa en la sociedad colombiana?

Cumple funciones de control al ejercicio del poder y es depositaria de la confianza pública para interpretar lo que los ciudadanos piensan y sienten. Así lo ha sostenido la Corte Interamericana de Derechos Humanos al mostrar la importancia del papel que desempeñan los medios de comunicación para evitar abusos de poder, ser transmisores de las inquietudes colectivas y hacer efectivo el principio de responsabilidad política. De ahí que la Corte entienda que la libertad de expresión es un derecho fundamental, que cumple funciones primordiales en una sociedad democrática en la búsqueda de la verdad y el desarrollo del conocimiento, la promoción de la autonomía personal y representar una válvula de escape que promueva la confrontación pacífica de las decisiones estatales o sociales que no se comparten.

Su papel en la Fifa y la Dimayor

Al margen de los asuntos puramente constitucionales, usted es miembro de la Fifa y de la Dimayor. ¿Qué actividad desarrolla en esos organismos?

He sido designado como uno de los dos representantes por Suramérica ante la Comisión de Ética de la Fifa, que se encarga de velar por que los directivos y oficiales del fútbol tengan un comportamiento digno y decoroso. La Comisión puede imponer sanciones cuando las actuaciones de los agentes son contrarias a los principios de la ética deportiva. En la Dimayor hago parte de la Comisión Disciplinaria, encargada de adoptar correctivos cuando se desconocen las reglas de comportamiento en el fútbol profesional colombiano. Aclaro que ambas son actividades no remuneradas, que cumplo con orgullo como simple apasionado por este deporte.

¿Le puedo preguntar de qué equipo es hincha?

Soy tan hincha del Nacional, como usted lo es del Santa Fe. A propósito, les deseo suerte el jueves ante el Gremio.

YAMID AMAT
Especial para EL TIEMPO