Los abusos y excesos cometidos por la Guardia venezolana, al acatar la orden de deportación de los colombianos habitantes de la zona fronteriza de ese país con el nuestro, no solo significaron un atropello a los derechos humanos sino una vejación contra niños que quedaron sin hogar, un ultraje contra madres y esposos que fueron obligados a dejar su pobreza, para ser arrojados a la miseria del abandono: sin techo, sin comida, sin trabajo.
Decenas de niños, en muchos casos nacidos en Venezuela, quedaron separados de sus padres colombianos, que fueron deportados. Residencias de dolorosa pobreza fueron destruidas al haber sido marcadas como si fueran albergues de criminales, cuando solo eran viviendas humildes de colombianos. Adultos sin futuro. Niños sin sonrisa.
Para el fiscal general de la Nación, Eduardo Montealegre, todas estas acciones constituyen un crimen de lesa humanidad. Montealegre confirma que, si Venezuela no castiga a los responsables de los atropellos en la frontera, personalmente denunciará al presidente Maduro y a su cúpula militar ante tribunales internacionales de justicia, por los desafueros en la frontera.
El fiscal Montealegre enumeró los pasos que seguirá para acudir a la Corte Penal Internacional.
Además, calificó como "cantinflesca" la denuncia que presentó el procurador Alejandro Ordóñez, elaborada -según Montealegre- "solo para conseguir votos".
El diálogo con el Fiscal comienza con su tarea actual en el caso.
"La Fiscalía abrió una gran investigación por delitos cometidos contra colombianos en Venezuela, en virtud del principio de extraterritorialidad de la ley penal. Aun cuando los actos hayan sido cometidos por miembros del Estado venezolano y en ese territorio, la naturaleza internacional y grave de los delitos permitiría levantar las inmunidades funcionales de los agentes estatales que hayan realizado las conductas. Recopilaremos el material probatorio respectivo. Sin embargo, contra los altos funcionarios del Estado, como el presidente Nicolás Maduro, opera la inmunidad personal que nos impide investigarlo en la jurisdicción colombiana, situación que sería distinta en la jurisdicción penal internacional.
¿Pero qué delito se investiga?
El desplazamiento forzado, pero estamos evaluando ampliar la investigación a raíz de la grave situación de violencia contra colombianos, la discriminación por nacionalidad, la destrucción de lazos familiares y el maltrato contra menores.
¿Pero se incluirá en la denuncia al presidente Maduro?
Como dijo el Presidente, estamos evaluando la posibilidad de presentar una denuncia ante la Corte Penal Internacional (CPI). Hace falta terminar las investigaciones que hemos iniciado en Colombia, para después saber si el sistema judicial venezolano investigará las conductas que encontremos. La Corte Penal Internacional juzga los crímenes de lesa humanidad. Estos se entienden como cualquier conducta grave cometida en el contexto de un ataque sistemático y generalizado contra la población civil. Según la jurisprudencia internacional, ese ataque se configura cuando existen patrones de maltrato y violencia contra una población específica, como ocurre en este caso. Las principales conductas subyacentes que configuran el delito son las de deportación y persecución, aunque hemos detectado otros actos inhumanos relacionados con la destrucción de propiedad de los ciudadanos colombianos.
¿Pero qué normas internacionales permitirían la intervención de la Fiscalía?
Si finalmente concluimos que es necesario enviar una denuncia a la CPI, se haría bajo el artículo 7, que establece la jurisdicción para los crímenes de lesa humanidad, que castiga actos graves que se cometan contra la población civil. Si, cuando culminen las investigaciones en Colombia, encontramos que la justicia y el Estado venezolanos asumen el compromiso serio, internacional, de no dejar estos hechos en la impunidad, mandaríamos los resultados de nuestras investigaciones a Venezuela. Pero si Venezuela no asume tal compromiso, yo acudiría personalmente a la CPI para formular denuncia contra el presidente Maduro y su cúpula militar, e incluso su gabinete.
¿Las pruebas de la Fiscalía pueden ser tenidas en cuenta por la CPI?
Aunque la Fiscalía de la Corte tiene sus propios mecanismos investigativos, depende de la cooperación con otros Estados, organizaciones y organismos internacionales. Estamos recopilando información.
¿Maduro podría ser investigado por la CPI?
Sí. Las inmunidades personales de un jefe de Estado no pueden oponerse ante un juicio en las jurisdicciones internacionales. El Estatuto de Roma dispone esto explícitamente. De hecho, la CPI ha expedido órdenes de captura contra jefes de Estado en ejercicio, como fue el caso de Omar al-Bashir y la situación de Sudán. Si la CPI lo cree pertinente, podría emitir orden de captura contra el presidente Maduro.
Pero insisto: ¿usted lo va a denunciar?
Como dijo el Presidente de la República, estoy evaluando la posibilidad de llevar personalmente el caso a la CPI. Pero para esto, debo surtir al menos tres pasos. Primero: debo terminar las investigaciones que ya he iniciado y evaluar si constituyen delitos graves y de carácter internacional. Segundo: si es así, debo corroborar si la justicia venezolana asumirá un compromiso serio para la investigación de esta situación, y enviar los resultados de nuestra investigación a este país. Y tercero: en caso de que Venezuela estuviera en incapacidad de asumir este compromiso, ahí sí llevaría personalmente nuestra investigación ante la Corte Penal Internacional. La Fiscalía seguirá actuando con gran diligencia para que estos hechos no queden en la impunidad. En este punto debo asumir una posición seria y prudente. No puedo actuar irresponsablemente como lo hizo el procurador Ordóñez, quien, en una búsqueda desesperada de votos para una eventual candidatura presidencial, envió una denuncia a la CPI sin ningún rigor probatorio y jurídico. Las posturas cantinflescas le hacen mucho daño a la institucionalidad.
Todo el conflicto comenzó por el pedido en extradición de dos personas que aparentemente tendrían información del 'cartel de los soles' en Venezuela. ¿La Fiscalía en Colombia tiene información en ese sentido?
Se trata de dos nacionales colombianos, Óscar Hernando Giraldo Gómez y Gersaín Viáfara, cuya extradición fue solicitada mediante notas verbales de febrero de este año bajo cargos de narcotráfico. En esta se dice que se trata de integrantes de una organización dedicada al transporte de droga hacia Estados Unidos a través de aeronaves y pistas clandestinas ubicadas en Venezuela. En ese contexto, consideramos que estas dos personas, en un momento determinado, pueden aportar información sobre posibles vínculos de militares venezolanos con actividades de narcotráfico. Para este momento, la Corte Suprema ya autorizó la extradición de uno de ellos y está estudiando el segundo caso. Una vez haya concepto favorable a la extradición, el Presidente decidirá si expide la resolución que autoriza la extradición y entonces se les enviará a los Estados Unidos.
Le pregunté sobre ese tema para esclarecer qué fue lo que originó el conflicto...
Creo que la solución de esta crisis humanitaria pasa por la aceptación de responsabilidades de lo ocurrido. Si estas responsabilidades no se pueden asumir voluntariamente y de manera constructiva, se hace necesario llamar a un tercero imparcial, como en cualquier diferendo. Las recientes declaraciones de Baltazar Garzón abren la puerta para una nueva alternativa que no podemos descartar: llevar el caso ante la Corte Internacional de Justicia, la cual tendría competencia en razón de las cláusulas compromisorias de tratados internacionales relevantes. Por ejemplo, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial nos permite llevar a Venezuela a la Corte Internacional de Justicia por actos discriminatorios contra personas colombianas.
¿Otra acción colombiana ante otro tribunal internacional?
La Corte Penal Internacional únicamente juzga individuos por responsabilidad penal que pueda derivarse de cuatro delitos internacionales: los crímenes de guerra, los crímenes de lesa humanidad, el genocidio y la agresión. La Corte Internacional de Justicia es el principal órgano judicial de la ONU donde se resuelven conflictos únicamente entre Estados por violaciones al derecho internacional público.
Pero la CPI no investiga a Estados sino a personas. ¿A qué personas debe investigar?
En el evento de que la CPI activara su jurisdicción, una vez surtido todos los pasos que he mencionado, ejercería la acción penal contra los máximos responsables de los delitos más graves que encuentre probados en su investigación. Esto podría incluir a toda la cúpula civil y militar del Estado venezolano y, principalmente, al presidente Maduro.
Entonces, ¿miembros de la Guardia Nacional, de la cúpula civil y militar de Venezuela podrían ser culpables de crímenes de lesa humanidad?
Por supuesto que sí. La jurisdicción de la CPI está fundamentada en la persecución de los máximos responsables de los delitos más graves, y en esa eventualidad se pondrían en conocimiento de la CPI los hechos cometidos por las autoridades máximas del Estado, incluyendo al mismo Presidente de Venezuela y su Guardia Nacional. Hay que resaltar además que, bajo el artículo 28 del Estatuto de Roma, los superiores civiles y militares pueden ser responsables por los hechos de sus inferiores cuando no toman las medidas efectivas para evitar la comisión de una conducta. Los más altos mandos del Estado pueden ser responsables por los hechos de sus subordinados cuando no evitan el resultado de una conducta delictiva pudiendo hacerlo. Por ejemplo, en el Tribunal de Yugoslavia imputaron a jefes de Estado como Slobodan Milosevic por hechos de sus subalternos o casos de comandantes militares como Bosco Ntaganda en la CPI por las conductas de sus inferiores en el Congo.
¿Usted compararía esos delitos con lo ocurrido en la frontera?
Los actos discriminatorios contra los colombianos configuran una crisis grave.
No sé si será frente a sus evaluaciones, pero Maduro dijo, refiriéndose a Santos, que "le va a ir muy mal si toma el camino de las amenazas, sean políticas, diplomáticas o de cualquier otra índole". ¿Está usted amenazando al presidente Maduro?
El presidente Maduro, con su acostumbrado estilo, habló de manera desafiante contra Colombia al decir eso. El anuncio es una realidad: si Venezuela no establece responsabilidades penales por los atropellos contra la población civil colombiana, acudiremos a la CPI en busca de justicia. No amenazamos, actuaremos con firmeza para evitar la impunidad. Carlos Fuentes, basado en un estudio de Michel Foucault, decía que una de las características de la modernidad era el divorcio entre las palabras y las cosas. Como en el Quijote: Alonso Quijano llama a los molinos "gigantes" y a las campesinas "princesas". Ahora, Maduro llama al anuncio de acudir a la justicia internacional, "amenaza". Es un poco parecido a la particular forma de razonar de ese gran loco universal que creó Miguel de Cervantes.
Procurador, 'cantinflesco'
¿Por qué dice que el procurador general, Alejandro Ordóñez, ha sido "cantinflesco"?
Charles Chaplin y Cantinflas han sido los actores cómicos más grandes de los últimos tiempos. Cantinflas triunfó porque se convirtió en una caricatura de muchos hombres latinoamericanos. El Procurador, con sus posturas pintorescas y teatrales, parece que está heredando la tradición del gran artista mexicano. La Corte Penal Internacional (CPI) solo puede iniciar investigación cuando el Estado parte incumple el deber de investigar y juzgar, o se demuestra un colapso de la justicia. No basta entonces con que esté probado el delito de lesa humanidad o el crimen de guerra para que la jurisdicción internacional actúe. La complementariedad de la CPI es un principio básico que debemos cumplir. Debemos tener respeto por la CPI y no la podemos convertir en un instrumento para que candidatos políticos en búsqueda desesperada de votos la utilicen y la manipulen pensando en sus propios intereses y no en el interés nacional. Eso no es ético.
YAMID AMAT
Especial para EL TIEMPO