‘Cambio Radical es incoherente’: Ministro del Interior

Al oponerse a la Jurisdicción para la Paz, el partido se retiraría de la coalición de Gobierno.

Foto: El Tiempo
Domingo 08 de Octubre del 2017

El Gobierno, a través del ministro del interior, Guillermo Rivera, habla claramente: la actitud de Cambio Radical -el partido del exvicepresidente Germán Vargas Lleras- de oponerse al proyecto de ley estatutaria para la Jurisdicción Especial de Paz es incoherente y tiene motivaciones políticas.

El ministro Rivera sostiene que si ese partido mañana no vota a favor el proyecto, "a pesar de que ya aprobó su contenido, tendría que alejarse de la coalición de gobierno. Rivera, ministro desde hace cuatro meses, explica en el siguiente reportaje por qué los exdirigentes de las Farc que sean elegidos parlamentarios pueden seguir ejerciendo como tales, aun si son sentenciados por el tribunal para la paz.

¿La Unidad Nacional sin Cambio Radical tiene mayoría suficiente en Cámara y Senado para sacar adelante el Estatuto para la Paz?

Así lo demostramos. Ya se aprobaron 112 artículos de 160. Está clarísimo que tenemos las mayorías. 

¿El apoyo de Cambio Radical no es indispensable?

No es indispensable, pero sí es deseable. El Gobierno quisiera contar con ellos.

Pero la posición de Cambio Radical ha sido la de oponerse...

Desafortunadamente, Cambio Radical no quiso apoyar el proyecto y nos parece una incoherencia porque votó por la refrendación del acuerdo de paz, y en ese acuerdo ya estaba el compromiso de crear la Jurisdicción Especial para la Paz con las características que conocemos, y votó la reforma constitucional que creó la Jurisdicción Especial para la Paz. En consecuencia, es una incoherencia que ahora no voten la ley que desarrolla lo que ellos mismos aprobaron.

"Cambio Radical no quiso apoyar el proyecto y nos parece una incoherencia porque votó por la refrendación del acuerdo de paz"

¿Cree entonces que se trata de una posición no programática sino política?

Revisando las actuaciones de Cambio Radical, esa es la conclusión a la que se llega. Algo más: ellos habían planteado observaciones sobre el tratamiento a los terceros ante la Jurisdicción Especial para la Paz; nos reunimos con Cambio Radical para escucharlos, y el texto incluido en esa materia es el que acordamos con sus voceros. No tienen, pues, un solo argumento en materia de contenidos del proyecto de ley que justifique su oposición a este. Por eso creo que la razón es de tipo político.

¿Qué opina usted de eso?

Me da la impresión de que quieren mostrarse ante la opinión pública como distanciados del proceso de paz y me parece, con todo respeto, que es un error porque la opinión pública sabe que ellos acompañaron la campaña del Sí en el plebiscito, votaron la refrendación de los acuerdos en el Congreso, votaron afirmativamente la reforma constitucional que creó la Jurisdicción Especial para la Paz. Ese distanciamiento tardío con el proceso de paz va a ser leído por los ciudadanos como una contradicción, como una incoherencia.

¿Es un distanciamiento con la paz o con el Presidente?

Es que distanciarse del proceso de paz es distanciarse del Presidente.

¿Cree usted que se distancian por la baja favorabilidad del Presidente, para no afectar con su cercanía al mandatario futuros proyectos electorales?

Si ese es el motivo de su decisión, sería una actitud algo ingrata porque han hecho parte del Gobierno durante siete años en posiciones muy importantes que les han permitido mostrarse ante la opinión, gracias a la decisión del señor Presidente.

El Presidente les dijo, más o menos, que si no comparten el programa más importante del Gobierno, como lo es la paz, deberían retirarse...

Si una colectividad que hace parte de una coalición de gobierno construida alrededor de la paz se opone al proyecto de ley más importante en esa materia, quiere decir que se está retirando de dicha coalición.

"Quieren mostrarse ante la opinión pública como distanciados del proceso de paz y me parece, con todo respeto, que es un error"

Pero, a pesar de la advertencia, Cambio Radical votó negativamente...

Ellos estaban en todo su derecho de votar negativamente.

Pero me acaba de decir que no, que ellos tenían un compromiso con el Gobierno y que adoptaron una actitud ingrata...

Sí, pero una cosa es el derecho de votar conforme a las directrices de su partido y otra, la coherencia con la coalición de gobierno y su agenda programática. Claramente han actuado de forma incoherente.

Pero, si están en su derecho, ¿por qué el Gobierno objeta esa posición?

Nadie está obligando a nadie a votar a favor de los proyectos del Gobierno. Pero, si no lo hace, claramente está en contra de los programas del Gobierno, y con mayor razón si se trata del programa más importante de este gobierno, que es la paz. 

Es decir: Cambio Radical tiene todo el derecho de cambiar de opinión y votar en contra, pero, si así lo hace, ¿debe irse del Gobierno?

Sería lo coherente...

¿Qué debe pasar entonces, señor ministro?

Algunos de los senadores y representantes de Cambio Radical me expresaron que estarían dispuestos a votar afirmativamente los artículos sobre los cuales logramos un acuerdo con el fiscal; son los artículos más importantes de este proyecto de ley; ojalá lo hagan. El lunes veremos si votan afirmativamente estos artículos o si mantienen la posición que señalaron la semana anterior. Ellos han dicho que no negocian sus principios. Yo entendería que sus principios son los mismos que los acompañaban cuando refrendaron el acuerdo de paz y cuando aprobaron la norma constitucional que creó la JEP; por lo tanto, lo lógico sería que el lunes contribuyeran con la aprobación de esta iniciativa.

El problema que algunos se están planteando es este: si las Farc no están sometidas a la JEP, no pueden participar en política ni en marzo, ni en mayo ni en junio porque todavía está por implementarse la entrada en vigor de la ley de la justicia especial para la paz...

El artículo 20 transitorio de la reforma constitucional que creó la Jurisdicción Especial para la Paz señaló expresamente que el régimen sancionatorio de la JEP no podrá afectar derechos políticos; en consecuencia, las Farc podrían participar en las elecciones del próximo año. Un elemento importante del acuerdo de paz fue cambiar las balas por los votos.

Suponga usted que un miembro de las Farc es elegido en marzo al Congreso de la República y luego, cuando empiece a funcionar la JEP, esa misma persona no comparece o se niega a aportar verdad, justicia y reparación. ¿Qué puede pasar?

Pues se expone a una sanción ordinaria dentro de la JEP, que implica privación de la libertad, y si eso ocurre sería físicamente imposible que se desempeñara como congresista así haya sido elegido como tal.

¿Los exguerrilleros de las Farc que sean elegidos al Congreso no estarán protegidos por la inmunidad parlamentaria? 

No. Se incorporó en la Constitución la obligación de que cuando se inscriban como candidatos tienen que comprometerse bajo juramento a comparecer ante la JEP.

Cambio Radical alega que no comparte la aprobación de la participación inmediata de los exmiembros de las Farc en política...

Pues lamento que no se hayan dado cuenta de que cuando votaron a favor del acto legislativo 1 del 2017, este traía el artículo 20 transitorio, que señala que el régimen sancionatorio de la JEP no puede afectar derechos políticos...

Pero dirigentes como Timochenko, Iván Márquez, Santrich y otros acusados de crímenes de lesa humanidad ¿pueden ser elegidos al Congreso en marzo sin haberse sometido al tribunal para la paz? 

Sí, pueden ser elegidos, pero eso no los sustrae de la obligación de comparecer ante la Jurisdicción Especial para la Paz.

¿Y si los investigan, los juzgan y los condenan? 

Si un miembro de las Farc es elegido en marzo y cumple su obligación de ir ante la JEP, y ante ese tribunal cuenta la verdad y asume también el compromiso de reparar víctimas, seguramente será objeto de una sanción propia, es decir, una restricción de libertad, pero podría simultáneamente ejercer como congresista.

Es decir: ¿podría asistir al Congreso aún si es hallado culpable por el tribunal?

Sí, claro, pero hay que distinguir entre quienes pueden ser hallados responsables contando la verdad y reparando a las víctimas, y quienes pueden ser hallados responsables sin contar la verdad ni reparar las víctimas. A los primeros se les aplican las sanciones restrictivas de libertad, que no son incompatibles con el ejercicio de los derechos políticos, y a los segundos se les aplican las sanciones ordinarias, que son incompatibles con el ejercicio de los derechos políticos.

"La impunidad es la ausencia de sanción, y en este sistema las habrá. Este sistema está diseñado sobre la base de los derechos de las víctimas a la verdad"

¿Ese no es un himno a la impunidad?

No, porque la impunidad es la ausencia de sanción, y en este sistema las habrá. Este sistema está diseñado sobre la base de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación; quien cuente la verdad y repare a víctimas tiene beneficios, y uno de ellos es que la sanción no implica privación de libertad.

Si un exlíder guerrillero es elegido congresista y después confiesa su participación en masacres, ¿puede seguir siendo parlamentario?

Si cuenta la verdad, reconoce responsabilidad y repara a las víctimas, puede continuar siendo parlamentario.

¿Y no tiene cárcel?

No tiene cárcel porque dijo la verdad y porque reparó a las víctimas.

¿Así haya dicho que fue autor o coautor de delitos de lesa humanidad?

Siempre y cuando haya reconocido la responsabilidad en esos delitos y reparado a las víctimas. Y, le repito, eso no es impunidad porque el modelo de justicia transicional está concebido sobre la base de garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.

¿Y la reparación es con los bienes que ellos han declarado?

La reparación debe ser entendida en una perspectiva integral, es decir, material e inmaterial. Se les podrán imponer obligaciones, como pedir perdón, reconstrucción de infraestructura pública destruida en el conflicto y la extracción de minas antipersonas que aún se encuentren ocultas en los campos colombianos, entre otras.

El Fiscal dijo que les ha descubierto a las Farc un billón ochocientos mil millones de pesos en bienes no incluidos en la lista que entregaron... 

La valoración sobre si los señores de las Farc o los agentes del Estado o los terceros dijeron la verdad corresponde a la JEP, y la Fiscalía General tiene que presentarle un informe sobre temas como ese, pero reitero: la valoración de si hay o no verdad o si esta fue parcial le corresponderá determinarla a la JEP.

¿Si Germán Vargas Lleras es elegido presidente de la República, no podrá apartarse de ninguno de los acuerdos de paz ni de sus instrumentos?

No. Se aprobó una norma constitucional que señala no solo que se deben cumplir de buena fe los acuerdos de paz, sino que estos no podrán ser modificados en los ocho años siguientes. La aprobación de esa norma contó con el voto de congresistas de Cambio Radical.

¿Sin esa especie de blindaje, daría más garantías de cumplimiento si gana la presidencia Humberto de la Calle?

Yo no puedo hablar de política electoral.

YAMID AMAT
Especial para EL TIEMPO